UNION NACIONAL DE TRABAJADORES

V CONGRESO NACIONAL ORDINARIO Y DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO

 

PRIMERO. De conformidad con lo establecido por los artículos 12 al 22, 39, 53 y demás relativos del estatuto, los trabajos del IV Congreso Nacional Ordinario serán presididos por los miembros de la Comisión Nacional Ejecutiva y de la Comisión Nacional Autónoma de Vigilancia y Justicia.

SEGUNDO. Los Presidentes Colegiados fungirán como Presidencia de Debates.

TERCERO. De conformidad con los señalamientos estipulados en el artículo 12 del estatuto, podrán participar con derecho de voz y de voto únicamente los Delegados Efectivos debidamente acreditados por las organizaciones integrantes de la UNT.

CUARTO. Podrán acreditarse, previo acuerdo de la Comisión Nacional Ejecutiva, de la Comisión Nacional Autónoma de Vigilancia y Justicia, Delegados Fraternos provenientes de organizaciones simpatizantes con la UNT, con derecho de voz más no de voto.

QUINTO. Podrán ser acreditados como Delegados Fraternos, los Invitados Especiales por la Comisión Nacional Ejecutiva.

SEXTO. Además de los Delegados Efectivos a que tiene derecho cada organización miembro de la UNT de acuerdo con el artículo 12 del estatuto, éstas podrán acreditar como Delegados Fraternos a integrantes de sus Directivas Nacionales o miembros de las estructuras Regionales de la UNT, los cuales deberán ser acreditados debidamente ante la Comisión Nacional Ejecutiva y la Comisión Nacional Autónoma de Vigilancia y Justicia.

SÉPTIMO. Para efecto de la discusión de las Plenarias: se instalará una Mesa de Registro en el auditorio la cual estará a cargo de los miembros de la Comisión Nacional Autónoma de Vigilancia y Justicia, los participantes que deseen hacer uso de la palabra, deberán registrarse exhibiendo su gafete que los acredite como Delegados Efectivos o Fraternos, en el entendido que, se agotará primero la lista de los delegados Efectivos y después la de los Fraternos.

OCTAVO. Las intervenciones no deberán exceder de 3 minutos. El presidente de debates y en su caso el maestro de ceremonias en turno tendrán toda la facultad para, respetuosamente, llamar la atención del orador que se exceda del tiempo acordado y previsto por este reglamento.

NOVENO. La convocatoria, los documentos básicos de la Unión y las propuestas de la Comisión Nacional Ejecutiva, deberán ser leídas en la Plenaria para someterlas a la aprobación de los delegados al V Congreso.

DECIMO. Una vez finalizados los trabajos del Congreso, los resolutivos serán sometidos a la consideración de los Congresistas, lo que constituirá la posición del V Congreso de la UNT.

Fraternalmente

" POR LA UNIÓN DEMOCRÁTICA DE LOS TRABAJADORES"

 

CAP. JAIME LUIS GONZALEZ NAVARRO

Vicepresidente de Organización de UNT

Octubre de 2002.

 

 

Regresar
Regresar a V Congreso Nacional